HORARIO DE TRABAJO
- diariodeunafuncionaria
- 21 feb 2019
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Entre otras muchas una de las cosas que cuando entré como Auxilio no tenía muy clara es la del horario. Sabía que había una parte rígida y una flexible y que la jornada eran 37.5 horas semanales pero hasta que no lo ves en la práctica no te aclaras. Voy a intentar explicaros como funciona, pero en primer lugar debo precisar que en Andalucía (como en otras Comunidades) hay ciertas especialidades, por lo que lo que yo explique aquí no tiene porqué ser necesariamente así en todos los ámbitos.
Como ya he dicho lo primero que hay que tener claro es que la jornada semanal son 37,5 horas semanales, pero con una aclaración, al menos en Andalucía, existe la denominada media hora de cortesía. Como al entrar tardas un rato en fichar, ya que tienes que entrar en un programa llamado HERMES en el ordenador, y entre que entras en el parking aparcas, llegas a tu mesa enciendes el ordenador (que al menos el mio tarda una barbaridad no puedes fichar) y a la salida mas o menos lo mismo, se concede la media hora de cortesía, es decir que a la hora de fichaje se añaden 15 minutos a la entrada y 15 minutos a la salida, de manera que desde el momento que fichas a la entrada y el que fichas a la salida, la realidad es que se realizan 35 horas semanales.
Dicho esto esas 35 horas semanales se contabilizan en el denominado horario rígido y el flexible. En el rígido deben realizarse 5 horas y 30 minutos diarios (si o si estas horas las tienes que cumplir todos los días). Estas horas debes cumplirlas entre las 8:30 y 14:30 horas, es decir aunque entre ese periodo haya 6 horas, debes permanecer dentro de él, al menos 5 horas y media.
Por otro lado tenemos el horario flexible que puede realizarse de 7:30 a 8:30 y de 14.30 a 19:00, los lunes, martes y jueves (el horario de tarde de los jueves debes comunicarlo previamente salvo que se trate de centros que tienen atención al publico por la tarde). Y los miércoles y viernes el horario es de 7:30 a 8:30 y de 14:30 a 16:00. Esto quiere decir que debes completar esas 35 horas semanales en esos periodos. No olvidando que entre la 8:30 y las 14:30 hay 6 horas y por lo tanto la media hora sobrante será considerada horario flexible.
Esto se traduce en que para completar tus 35 horas semanales (37.5.horas sin la media hora de cortesía) debes hacer 7 horas diarias. Ejemplo: desde las 8 hasta las 15, considerándose horario flexible la primera media hora, las próximas 5 horas y media (es decir hasta las 14 horario rígido) y desde las 14 hasta las 15 flexible de nuevo, llegando así a las 7 horas diarias.
Sin embargo tenéis que tener en cuenta que el cómputo es anual, es decir, esto de las 7 horas diarias lo digo de manera orientativa, para tener un horario mas o menos regular, pero basta con que todos los días hagas las 5 horas y 30 mínuos del horario rígido. Es decir por ejemplo un viernes que te quieras ir antes por que tengas un viaje puedes hacer solo esas cinco y media horas entre las 8:30 y las 14:30, siempre y cuando al final del año en computo general hayas hecho 35 horas semanales (o 37,5 horas sin la media hora de cortesía).
Esto puede parecer muy lioso, pero es sencillo, ya que en el programa en el que fichas puedes ver tu computo de horas (semanal, mensual y anual) y así calcular las horas que necesitas completar o al contrario las que te deben y por lo tanto puedes ir quitando a la jornada flexible antes de que termine el año (una vez terminado el año ya no son recuperables). Esta posibilidad es muy interesante, ya que hay días que tienes mucho lío y terminas saliendo más tarde de lo normal, así te aseguras que esas horas no las pierdes y puedes salir antes en días que te interesen como en Navidad por ejemplo o días con menos trabajo.
Espero haberos ayudado a entenderlo algo mejor, se que resulta algo difícil sobre el papel pero después en la práctica se entiende mejor.
Todo lo explicado es en la jornada normal, sin embargo en fechas concretas como Navidad o Verano la jornada semanal se reduce, como veis en la siguiente tabla de CSIF que creo que con la explicación anterior entenderéis perfectamente.

Fdo: Una funcionaria novata
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